LEON FREDY CONECTA CON LOS ANIMALES: PROYECTO DE SISPET, PROTECCIÓN Y SALUD PARA LOS ANIMALES

LEON FREDY CONECTA CON LOS ANIMALES: PROYECTO DE SISPET, PROTECCIÓN Y SALUD PARA LOS ANIMALES

Para informarse más sobre este Proyecto, puede entrar a la página de la Cámara de Representantes: https://www.camara.gov.co/sispet o descargarlo directamente en este enlace: https://www.camara.gov.co/sites/default/files/2021-11/P.L.378-2021C%20%28SISPET%29.docx

El hoy Representante a la Cámara por Antioquia León Fredy Muñoz, quien es Candidato al Senado por el Partido Alianza Verde por el número 8, propone realmente un sistema de protección animal innovador para Colombia (y no sé si para el resto del mundo) en el cual se vea a los animales con un rango igual a los Seres Humanos. En la Exposición de Motivos de este Proyecto de Ley 378/2021C establece: “En Colombia los animales son considerados como seres que tienen derecho a su protección, bienestar y solidaridad”.

“En los últimos años hemos visto un avance considerable y reconocible en materia de protección del bienestar animal, sin embargo, también debemos reconocer que muchos de estos procesos han tenido como origen la acción civil organizada, quienes, mediante sus agendas y acciones de intervención social, han venido generando en la sociedad colombiana un cambio de visión, y una forma de relacionarnos más consciente con el medio ambiente y las criaturas que lo componemos”.

Se habla, por lo tanto, en Colombia, de una familia Multiespecie en la cual se incluye los animales. Este Proyecto también le otorga una dignidad a los VETERINARIOS como profesionales indispensable para la salud y protección de los animales. Así lo establece en su parte motiva: “Teniendo en cuenta los datos referenciados anteriormente se considera pertinente estimular la profesión veterinaria, por varias razones, en primer lugar, entendiendo el volumen creciente de profesionales en la materia, en segundo lugar, los niveles de ingreso promedio de los profesionales veterinarios son muy bajos. El gran aporte que hacen a la sociedad, esta norma busca crear condiciones de mercado más favorables para esta profesión con miras a mejorar las condiciones de todos los animales a nivel nacional”.

El SISPET (Sistema Integral de Salud Veterinaria) está dirigido principalmente a animales de las familias más vulnerables, “también es objeto proteger y atender oportunamente a todos los animales del territorio nacional en condiciones de maltrato, o cualquier situación que atente en contra de la integridad animal en los términos definidos por la Ley 1774 de 2016”. (art. 1).

El articulado establece un Sistema bien estructurado. ARTÍCULO 3. FUNCIONAMIENTO SISPET. “El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Ministerio de Salud y Seguridad Social, bajo la supervisión y acompañamiento del Ministerio del Interior, adelantara acciones dirigidas al establecimiento y puesta en funcionamiento del SISPET un sistema de atención en salud veterinaria que opere de manera ordenada a nivel nacional, para el diseño de este sistema el Gobierno Nacional en cabeza de los nombrados ministerios tendrá un término no mayor a 6 meses una vez aprobada la presente Ley para el establecimiento del SISPET”.

El TÍTULO II establece REGISTROS NACIONALES PARA LA ATENCIÓN DE ANIMALES DE COMPAÑÍA. En ello se encuentran los siguientes artículos para destacar.

“ARTICULO 6. CRÉESE EL REGISTRO NACIONAL DE ANIMALES DOMÉSTICOS O ANIMALES DE COMPAÑÍA. Los dueños de Animales domésticos o animales de compañía de la especie canina, felina o cualquier otro animal contemplado en la ley como doméstico deberán inscribirlos en el respectivo registro, en la forma y plazos que fije el reglamento establecido por el Ministerio de Ambiente y el Ministerio de Salud.

ARTÍCULO 7. REGISTRO NACIONAL DE PROMOTORES DE TENENCIA RESPONSABLE.

ARTÍCULO 8. FONDOS PARA LA PROTECCION DE ANIMALES DOMÉSTICOS. El Ministerio de Ambiente y el Ministerio de Salud y Seguridad Social establecerán dentro del marco de su disponibilidad presupuestaria, fondos concursables para fines de seguridad, orden público, bienestar animal y prevención de transmisión de enfermedades zoonóticas, a los cuales podrán postular personas jurídicas Sin ánimo de lucro, cuyo objetivo principal sea la protección de animales y la promoción de la tenencia responsable de Animales domésticos.

ARTÍCULO 11. REGISTRO NACIONAL DE CENTROS DE MANTENCION TEMPORAL DE ANIMALES DOMÉSTICOS”.

El título III establece MECANISMOS DE FINANCIACIÓN Y CONDICIONES PARA ACCEDER AL SISTEMA DE SALUD VETERINARIA SISPET.

“ARTÍCULO 19. SISTEMA INTEGRADO DE SALUD VETERINARIA SISPET El Ministerio de Ambiente establecerá y organizará el sistema integrado de atención veterinaria SISPET, con el propósito de definir los mecanismos de pago a la atención prestada por las veterinarias que hayan cumplido con los requisitos definidos en los registros propuestos por los ministerios encargados.

Finalmente, se establece: ARTICULO 21. REMPLAZAR LA EXPRESION “MASCOTA” POR “ANIMAL DOMÉSTICO O DE COMPAÑÍA”.


Apoyemos este gran Proyecto en beneficio de los animales VOTANDO por el #8 del Partido Alianza Verde.

Comments

Popular posts from this blog

¿ES ANGÉLICA LOZANO LA NUEVA ALEJANDRO VI DE LA POLÍTICA COLOMBIANA?

¿Es la Consulta del Cambio propuesta por Camilo Romero viable? Para el Congreso sí, para la Presidencia de Colombia, de pronto.

TODOS TENEMOS UNA RESPONSABILIDAD CON EL CAMBIO, NO SÓLO EL PRESIDENTE GUSTAVO PETRO